Arquitectos

Sección HE 1 del DB HE, en el Código Técnico de Edificación

El nuevo Código Técnico de Edificación, CTE, aprobado el 17 de Marzo de 2006 y publicado el 28 de Marzo de 2006, presenta el Documento Básico HE (Ahorro Energético) que nace para el cumplimiento de la Directiva 2002/91/CE del Parlamento Europeo y del Consejo del 16 de diciembre de 2002. Esta Directiva justifica la mejora de la eficiencia energética de los edificios para el cumplimiento de lo dispuesto por el Protocolo de Kioto, estableciendo la necesidad fomentar el uso de energías renovables.

El Documento Básico HE completa y moderniza los métodos para el cálculo de la demanda energética de los edificios y establece la necesidad del ahorro energético a través de dos parámetros:

  • Un diseño eficiente de los edificios, que disminuya su demanda energética.
  • Y el empleo de energías renovables para cubrir esta demanda energética.

Georenova, S.L. proporciona el apoyo técnico, que requieren los responsables del diseño y ejecución de edificios, para disminuir su demanda térmica y para diseñar el sistema energético de generación de calor más eficiente.

El rendimiento alcanzable utilizando la energía geotérmica es de 4 a 5 veces superior a la energía consumida para su extracción. Su utilización supone reducir las emisiones de CO2 en más de un 68% si lo comparamos con una instalación homóloga de gasoil, y en más de un 60% si lo comparamos con una instalación homóloga de gas natural.

Sección HE 4 del DB HE, en el Código Técnico de Edificación

En el artículo 15.4, sección HE 4 del D.B. HE, se especifica que una parte de las necesidades térmicas derivadas de la producción de agua caliente sanitaria deben cubrirse mediante el uso de la energía solar térmica o mediante el aprovechamiento de otras energías renovables, procesos de cogeneración, o fuentes de energía residuales ajenos a la propia generación de calor del edificio.

Por otra parte, en la página 100 de la publicación realizada por el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) titulada “Comentarios al RITE 2007” (ISBN: 978-84-96680-23-4) se establece que ”los sistemas de paneles térmicos podrán ser sustituidos por otras técnicas de energías renovables siempre que no venga superada la producción de CO2 del sistema exigido por la Administración sobre una base anual”.

En este sentido, debe destacarse que los sistemas de producción de ACS que Georenova comercializa aprovechan la energía solar acumulada en el terreno, o la energía solar acumulada en el aire exterior de la envolvente térmica del edificio, y satisfacen con creces los requerimientos de la sección HE4 con un coste y una fiabilidad sensiblemente mejores que los sistemas basados en placas solares térmicas. Estos sistemas aportan más de un 75% de energía renovable y suponen una reducción de las emisiones de CO2 superior al 47% frente a una instalación alternativa que produzca ACS mediante la combustión de gasoil con el apoyo de un 30% de la demanda mediante energía solar térmica.

GeoRenova, S.L. - Polígono Industrial De San Claudio, Calle A, Nave 1 - 33191 San Claudio Oviedo
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